Las NIIF tienen un impacto transversal sobre la contabilidad de las empresas de cualquier sector. El impacto es aún más importante si la empresa maneja un portafolio de inversión o invierte sus excedentes de liquidez en títulos valores. Conoce aquí la relación entre las NIIF y los activos financieros.
Las Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF – conocidas por sus siglas en inglés como IFRS, son un conjunto de normas internacionales de contabilidad publicadas por el IASB (International Accounting Standards Board-Junta de Normas Internacionales de Contabilidad) que buscan crear un marco normativo global, con el cual las empresas de los países que decidan adoptarla contarán con la información financiera comparable y comprensible para una cantidad mayor de usuarios.
Las NIIF llegan a Colombia para reemplazar los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) que se aplican mediante las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).
Las NIIF adoptan nuevos métodos y formas de medición en todos los ámbitos de todas las empresas, incluyendo la contabilidad de los instrumentos financieros.
El decreto 2784 del 28 de diciembre de 2012 del Ministerio de Comercio regula la Ley 1314 de 2009 mediante la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera en Colombia. Mediante esta ley se informa a los entes de control los movimientos económicos de las firmas.
La reglamentación inicial de las NIIF la hacen el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Comercio y la Contaduría General de la Nación. A partir de aquí empiezan a regular los entes de control específicos: la Superintendencia de Sociedades, la Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Puertos y Transporte, la Superintendencia de Salud, etc.
Para la presentación de la información hay tres grupos de firmas que deben preparar los estados financieros de acuerdo a lo dispuesto en estas normas.
Grupo 1 es la gran empresa del país, dividida en tres subgrupos, teniendo estas que aplicar en pleno las NIIF:
Emisores de valores: empresas de todos los sectores listadas como emisores de valores ante el Registro Nacional de Emisores y Valores: mineras, industriales, financieras, servicios, etc. https://www.superfinanciera.gov.co/web_valores/
A. Entidades de interés público: entidades con permiso para captar o administrar recursos del público y se dividen en:
- Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, cooperativas financieras, organismos cooperativos de grado superior, entidades aseguradoras.
- Sociedades de capitalización, comisionistas de bolsa y APTs que administren, sociedades administradoras de fondos de pensiones y los fondos administrados por ellos, sociedades fiduciarias, bolsas de valores, sociedades administradoras de inversión, sociedades titularizadoras, sociedades de titularización cambiaria, carteras colectivas administradas por fiduciarias, comisionistas y SAI.
B. Empresas con los siguientes parámetros: cualquier sector. Más de 200 trabajadores; activos totales mayores de 30 mil SMLMV ($17.685.000.000); y sucursal de compañía extranjera que aplique NIIF, o subordinada o matriz de una compañía nacional que aplique NIIF, o realizar exportaciones o importaciones que representen más del 50% de las compras o ventas del total de la compañía, respectivamente.
Del Grupo 2 hace parte la gran empresa que no cumple con el punto tres del grupo 1, además empresas de tamaño mediano y pequeño según la ley 590 de 2000 que no sean emisores, y microempresas según ley 590 cuyos ingresos anuales sean mayores o iguales a 15 mil SMLMV ($8.842.500.000).
El Grupo 3 son microempresas según ley 590 con ingresos menores a 15 mil SMLMV.
Los grupos 1 (grandes empresas) y 3 (pymes) ya empezaron a utilizar NIIF en paralelo con la norma colombiana actual (NIC), y hasta el 31 de diciembre de 2014 harán esto para comparar dos años; a partir del 1 de enero de 2015 se regirán solo por las NIIF. El grupo 2 (empresas medianas) empezarán simultanea NIIF y NIC desde el 1 de enero de 2014 y trabajaran así hasta el 31 de diciembre de 2015, con el fin de comparar información; y a partir del 1 de enero de 2016 rigen solo las NIIF. En consecuencia, a más tardar el 1 de enero de 2016 todas las empresas del país se deben regir por las NIIF.
Las NIIF y la valoración de activos y pasivos financieros:
De manera general, en materia de valoración y presentación de información de inversiones bursátiles, la lectura detallada se debe centrar en:
NIIF 7: Instrumentos financieros: información a revelar:
Los principios contenidos en esta NIIF complementan la NIC 32 y NIIF 9 en materia de reconocimiento, medición y presentación de los activos y pasivos financieros.
En esta NIIF, dentro de la información a enviar a los entes de control está el riesgo de mercado: las entidades deben presentar un análisis de sensibilidad del riesgo al que la entidad esté expuesta. El método no lo dicta la norma. Los riesgos de mercado a los que hace referencia la norma son riesgo de tasa de cambio, riesgo de tasa de interés y otros riesgos de precio.
Además de mostrar los valores en riesgo, también se debe referenciar el método utilizado. La entidad puede utilizar diferentes tipos de análisis de sensibilidad para diferentes clases de instrumentos financieros.
NIIF 9: Instrumentos financieros:
El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la información financiera sobre activos y pasivos financieros de forma que se presente información útil y relevante. Una entidad aplicará esta NIIF a todas las partidas dentro del alcance de la NIC 39 instrumentos financieros; Reconocimiento y medición. En este sentido, las empresas deben valorar y en este apartado dan luces de cómo hacerlo.
NIIF 13: Medición del valor razonable.
Esta NIIF define lo que es valor razonable, establece en una sola NIIF un marco para la medición del valor razonable y requiere información a revelar sobre las mediciones del valor razonable.
El valor razonable es una medición basada en el mercado y no una medición específica de la entidad, por lo cual en materia de inversiones bursátiles, las normas NIIF juegan un papel fundamental, ya que, con base en estas cambian las formas de presentar los balances contables de acuerdo a la valoración de los títulos valor que se tengan en posición, con base en un valor razonable de mercado que va en el sentido de la valoración general de determinado título en el mercado, ya sea por TIR o por Precio, este último suministrado por las firmas proveedoras de precios del país PIP Colombia e Infovalmer.
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Para mayor información, a continuación adjuntamos Decreto 2784 de 2012 del Ministerio de Comercio por el cual se reglamenta Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera, y adjuntamos Anexo al Decreto 2784 de 2012 en el que se especifica el marco técnico normativo de información financiera para los preparadores de información financiera.
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►Haz clic aquí para descargar el decreto oficial de las NIIF