Es un formato diseñado por el Banco de la República de obligatoria presentación para los residentes y no residentes que realicen en Colombia operaciones de cambio a través del mercado cambiario.
¿Qué eventos pueden presentarse con una Declaración de Cambio?
Hay 4 eventos que pueden presentarse con las Declaraciones de Cambio:
- 1. Inicial: Debe utilizarse cuando se realiza una operación de compra o venta por primera vez.
- 2. Devolución: Debe utilizarse cuando los recursos girados o recibidos anteriormente a través de una operación inicial deben ser devueltos parcial o totalmente.
- 3. Cambio: Debe utilizarse cuando la declaración de cambio realizada inicialmente debe ser cambiada por otro tipo de declaración.
- 4. Modificación: Debe utilizarse para corregir información de una declaración de cambio inicial, siempre y cuando la adición o corrección no obedezca a datos de los documentos aduaneros.
¿Cuáles son las fechas para presentar los formularios de Declaraciones de Cambio al Banco de la República?
Las operaciones del cambio se deben presentar al Banco de la Republica en el transcurso del mes siguiente a la fecha de la operación
¿Qué son los Informes de la DIAN?
Según la Resolución No. 09147 del 14 de Agosto de 2006, los Titulares de Cuentas de Compensación deberán presentar trimestralmente a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN la información de interés para este organismo relacionada con las operaciones extranjeras, ciñéndose al calendario definido por esa entidad según el último dígito del NIT.
¿Cuáles son las fechas para hacer los reportes a la DIAN?
El calendario de presentación de los informes está definido de acuerdo al último dígito del NIT o cédula del titular de las cuentas de compensación.
- 1 y 2 El décimo (10) y undécimo (11) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 3 y 4 El duodécimo (12) y decimotercero (13) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 5 y 6 El decimocuarto (14) y decimoquinto (15) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 7 y 8 El decimosexto (16) y decimoséptimo (17) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
- 9 y 0 El decimoctavo (18) y decimonoveno (19) día hábil de los meses de abril, julio, octubre y enero.
¿Los informes que se presentan a la DIAN son diferentes a los que se presentan al Banco de la República?
Si, al Banco de la república se reportan los formularios 1: Importaciones de Bienes, 2: Exportaciones de bienes, 3: Endeudamiento externo, 4: Inversiones Internacionales y 5: Servicios, transferencias y otros para ser diligenciados por el cliente y el F10.
A la DIAN son reportados los formatos 1059, 1060, 1061,1062 y 1067.
¿Cuáles son los Formatos de la DIAN que puedo generar?
- Formulario 1059: Informe de datos de declaración de cambio por Importación de Bienes
(Formulario 1)
- Formularios 1060: Informe de datos de declaración de cambio por Exportación de Bienes
(Formulario 2)
- Formulario 1061: Informe de datos de declaración de cambio por Endeudamiento Externo
(Formulario 3)
- Formulario 1062: Informe de datos de declaración de cambio por Servicios, Transferencias y otros conceptos (Formulario 5) para ser diligenciados por el cliente.
- Formulario 1067: Informe de Complemento de Datos Faltantes Declaraciones de Cambio
(Formularios 1 y 2)
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