La reglamentación cambiaría busca tener control del mercado cambiario con un ingrediente importante: la facilidad en trámites. Para esto, los entes de control tratando de no generar traumatismos en la entrega de información, trabajan en la simplificación de reglas a la hora de operar, administrar y dar cuenta de los movimientos de las cuentas de compensación y los intermediarios del mercado cambiario.
En Lyntik somos expertos en la operatividad de las Cuentas de Compensación, por eso en esta entrada del blog les informamos las 3 cosas que debe saber a propósito de los recientes cambios normativos:
- El Banco de la República eliminó de su registro los formularios 1 y 2 de importación y exportación para la entrega de información. Esto para ellos es mucho más sencillo porque de esta manera solo hacen seguimiento de esta información a través del formulario 10 que se entrega mensualmente con el resumen de movimientos de la cuenta.
- La DIAN, sin embargo, exige en cada trimestre la información que dé cuenta de importaciones y exportaciones ya sea en el formato 1059 o 1060, por lo cual, según nuestra experiencia, es mucho mejor tener documentos que respalden mes a mes las importaciones y las exportaciones en un marco de agilidad en la información y fuente de alimento para los formatos de la DIAN.
- La DIAN elimina las legalizaciones mes a mes y las estabiliza trimestralmente. De esta manera, dentro de un mismo trimestre se puede complementar, con el mismo formato, la información de importaciones y exportaciones alimentando los formatos 1059 y 1060; sin embargo, si la complementación es en un trimestre diferente opera la legalización registrando el formato 1067.
Entendemos la norma y con nuestras aplicaciones automatizamos y simplificamos aún más todos los procesos operativos de las cuentas de compensación para entregar información al Banco de la República y la DIAN.
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