El Banco de la República actualizó la circular externa reglamentaria DCIN-83 el pasado 30 de julio de 2014; a continuación se detallan algunos de los puntos más importantes para el manejo de las cuentas de compensación:
Cambio en nombres de campos en formularios 3 y 3A:
“Se aclaran los nombres de algunos campos de la declaración de cambio por endeudamiento externo o avales y garantías (Formulario No. 3) y del informe de desembolsos y pagos de endeudamiento externo (Formulario No. 3A).”
A nivel de estructura, los formularios no sufren ningún cambio, sólo se cambian los nombres de algunos campos relacionados con la información de avales y garantías.
Desaparece el formulario 9:
“Se unifica el Formulario No. 9 y el Formulario No. 10 en el nuevo Formulario No. 10: Registro, Informe de Movimientos y/o Cancelación Cuenta de Compensación.”
Anteriormente se usaba el formulario 9 para registrar y cancelar cuentas de compensación ante el Banco de la República:
De acuerdo a esto, el nuevo formulario 10 busca dar más agilidad en el manejo de las cuentas de compensación permitiendo lo siguiente:
- Registrar nuevas cuentas de compensación, si el titular ya tiene activada la opción para ello.
- Realizar el informe mensual de los movimientos de la cuenta, que era lo que se hacía anteriormente con el formulario 10.
- Cancelar el registro de una cuenta de compensación existente (este proceso se puede hacer al mismo tiempo que se hace el informe de un periodo).
Si el titular no tiene habilitado el registro de cuentas mediante la transmisión electrónica debe diligenciar el Formulario 10 de forma física y presentarlo ante el Banco de la República.
Nuevo uso de formatos HTML para diligenciar formularios 3, 4 y 10:
“Se utilizan formularios HTML para registrar, informar movimientos y/o cancelar las cuentas de compensación (Formulario No. 10), así como para transmitir las declaraciones de cambio por endeudamiento externo o avales y garantías (Formulario No. 3) y por inversiones internacionales (Formulario No. 4)”.
Anteriormente, para diligenciar en línea los formularios 3 y 4 previos al registro del formulario 10, se usaban formularios en formato PDF, a partir de la entrada en vigencia de esta norma se usaran formularios en formato HTML, lo que según el Banco supone una mejora a nivel técnico en relación a las dificultades presentadas con los navegadores web usados por los usuarios.
Cambios en la definición técnica de archivo electrónico XML:
“Se modifica el archivo electrónico XML dispuesto por el Banco de la República para informar los movimientos y/o cancelar las cuentas de compensación, con la estructura de los nuevos Formularios No. 10 y No. 3.”
Hoy en día, como alternativa al diligenciamiento del formulario 10 en línea, se tiene la posibilidad de crear un archivo XML con la información del periodo, de esta forma no es necesario hacer el registro de la información de forma manual; de acuerdo a esto, para ser consecuentes con el cambio de los formularios 3, 4 y 10 detallados en el punto anterior, se cambia la definición técnica del archivo XML.
Formularios electrónicos de respuesta firmados digitalmente por el Banco de la República:
“El Banco de la República firmará digitalmente los formularios electrónicos de respuesta, conforme a lo previsto en la Sección 11 del Anexo 5 de esta Circular”.
Cuando se hace un informe ante el Banco de la República, el sistema le entrega una respuesta al titular de la cuenta de compensación con el resultado de la transmisión del informe mensual, dicha respuesta contiene, además del informe del mes, el radicado asignado por el sistema del banco el cual el titular debe guardar en su documentación; el nuevo cambio se traduce en que la respuesta estará firmada y sólo se podrá acceder al archivo por medio de la herramienta CERTITOOL de Certicámara.
En el siguiente enlace encontrará la información detallada del cambio en la norma:
https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/reglamentacion/archivos/bjd_27_2014.pdf